Nombres y reglas de la educación privada

 

En educación, uno de los tópicos donde más se observa un desfasaje entre discursos y prácticas es en lo que se refiere a la educación privada. No hay referentes políticos que no enarbolen en su retórica su compromiso con la educación pública. Tampoco hay voces relevantes, en la discusión cotidiana, que sostengan que la educación debe privatizarse. Es más: el esquema mercantil en el área educativa ya no consiste en lucrar ofreciendo el servicio educativo para los niveles obligatorios o los superiores, sino en infiltrar negocios en ciertas grietas del sistema: formación continua, de directivos, asistencia indirecta vía ONG, plataformas on line, por ejemplo. Tener una escuela privada no es necesariamente un gran negocio.

Sin embargo, la educación argentina viene sufriendo, desde hace unos 50 años, un proceso de privatización progresiva que parece ocurrir espontáneamente, sin actores que lo ejecuten, y a contramano de los intereses de todos. Así opera la ideología: la privatización de la educación argentina simplemente ocurre, ajena a todo, imparable, como parte lógica del avance del mundo.

El que nomina domina

Un hecho relevante fue, en 1993, la cristalización en la Ley Federal de Educación del nombre técnico de la educación privada. Luego del fallido Congreso Pedagógico alfonsinista (1984-88), que terminó en el medio de la huelga docente más épica de la historia argentina –42 días de paro nacional que finalizaron con la Marcha Blanca de 1988– las posiciones de la Iglesia Católica prevalecieron en el debate sobre política educativa y en la incidencia sobre los pasos a seguir luego del fracaso económico de Alfonsín. La crisis económica había dado un nuevo impulso a las posturas privatistas de todo lo que estuviera a cargo del Estado, fundamentalmente empresas públicas y los sistemas de salud, educación y previsión social. Ese combo, que ya contaba con amplio consenso –incluso dentro de la misma Unión Cívica Radical– fue llevado adelante por el gobierno de Menem.

En ese contexto, decía, la Iglesia Católica pudo imponer, en el breve debate por la Ley Federal de Educación, el rebautismo de las escuelas públicas y privadas: en su articulado no aparece en ninguna parte la idea de “educación pública”, y en cambio se habla de tipo de gestión: “estatal” y “privada”. El concepto detrás de esto es que toda la educación es pública, pero lo que difiere es el tipo de gestión. O sea, al ser pública también la educación de gestión privada, debe ser del interés del Estado. Esto fue una forma de asegurarse el financiamiento estatal: los subsidios. Sin subsidios no habría escuelas públicas de gestión privada, y el Estado no estaba en condiciones –en los 90 y hoy tampoco– de sostener un sistema enteramente de gestión estatal.

La consecuencia ha sido un subsistema privado que, aunque formalmente sujeto a las mismas normas que la educación estatal, tiene un amplísimo margen curricular, de admisión de alumnes y contratación de les docentes. En ese trípode –adaptar el currículum a la demanda de las familias, admitir sólo a les alumnes que se adapten a la supuesta “propuesta pedagógica” y tener la potestad de contratar y despedir a sus docentes a sola firma– descansan las “ventajas” que brindan las escuelas privadas a las familias dispuestas a pagar. Por un lado, un oído especialmente atento a los reclamos de padres, madres, tutores o encargados, y hasta de los propios alumnes, que impacta directamente sobre la estabilidad laboral y el margen didáctico y pedagógico de les docentes (¿cuántos casos conocemos de docentes despedides de escuelas privadas por enseñar la Carta Abierta de Rodolfo Walsh, o Educación Sexual Integral? ¿Cuántos de decisiones docentes que hubo que retrotraer luego de la queja de un púber a la conducción de la escuela?). Por otro, la baja incidencia del paro docente, ya que un docente comprometido con activismo sindical es un candidato seguro para el despido. El paro docente impacta directamente en la dinámica familiar: ¿Dónde y con quién dejo al nene?

Pero volviendo a los nombres, Héctor Félix Bravo nos cuenta que este concepto de educación púbica con diferencial en el tipo de gestión no es una novedad de los tardíos ochenta ni el menemismo. Durante la dictadura autodenominada “Revolución Argentina”, el entonces presidente Gral. Onganía se presentó un anteproyecto de Ley Federal de Educación en 1968 que establecía la distinción entre la “’educación pública estatal y no estatal’[1]. El proyecto de Ley Orgánica de Educación Nacional mantuvo esta línea: hablaba de “’acción educativa de iniciativa estatal y no estatal’, al tiempo que extendía la denominación ‘educación pública’ a la de origen particular o privado”[2]. Estos proyectos nunca vieron la luz, pero finalmente en 1974 Perón se refiere a “educación pública no estatal” en el decreto 1784, que regulaba instituciones educativas en manos de los sindicatos.

La reforma del Estado menemista, en educación, tuvo dos grandes frentes. Por un lado, la liquidación de la transferencia de las escuelas a las provincias, que había comenzado en la segunda mitad de los 1950 pero que había tenido dos movimientos muy fuertes con el decreto-ley 21.809 de 1978 y la ley 24.049 de 1991. Por el otro, la cristalización en la normativa nacional de que toda la educación es pública y lo que difiere es su tipo de gestión.

La lenta pero imparable privatización de la educación argentina ha llevado a naturalizar el trípode de autonomía de las escuelas privadas, como si la interpretación arbitraria de la normativa curricular oficial, reservarse el derecho de admisión y manejarse como una empresa precaria en el trato con los docentes fueran la regla, cuando en realidad el primero de los tres puntos, al menos, debería ser una excepción. Los dos siguientes, objeto de encendidas discusiones.

Dos propuestas para el problema que todos nombran y nadie toca

Así como la privatización de la educación argentina parece no tener ningún responsable, y los privilegios de que gozan las escuelas privadas son reglas naturalizadas; así como opera la invisibilización de las causas y del statu quo –evidencia de su éxito categórico–, quien escribe cree que se pueden llevar adelante algunas acciones, graduales y progresivas, planteando como un horizonte realmente deseable la vuelta a las escuelas públicas.

Porque la escuela pública integra a distintos grupos sociales. Porque la diversidad es, y debe ser, el hábitat “natural” de las sociedades humanas, conociendo a nuestros otros, intercambiando opiniones en un ámbito donde la discusión es regulada y donde la violencia efectivamente no debe tomar parte. Porque en este momento del capitalismo tardío las escuelas son la institución donde los sujetos pasarán más tiempo de forma estable, ya que los esquemas actuales de trabajo –pero también de estudios superiores– son cada vez más fragmentarios e interrumpidos, alienantes y burocratizados. En Argentina, les niños, niñas y adolescentes “están condenades” a pasar ¡catorce! años seguidos en la escuela. ¿Cómo no ver su potencialidad para habilitar dinámicas que vayan contracorriente?

Eliminar de un plumazo los subsidios a las escuelas privadas es una utopía muy declamada, pero que no contempla la correlación de fuerzas imposible, por un lado, ni el carácter federal (provincializado) del sistema educativo, por el otro. Dicho de otra manera: no es potestad del Estado nacional operar sobre los subsidios que se le dan a cada escuela, sino las provincias; la educación privada –la Iglesia Católica, principal interesada al ser las escuelas las vías efectivas de los subsidios estatales hacia ella– tiene demasiado peso en la dirigencia política como para proponer su eliminación sin pagar un altísimo costo político. De esos que se pagan uno o dos por período presidencial.

  1. Nuevos nombres para nuevos horizontes: la primera propuesta es, ante la imposibilidad de reformar la Ley de Educación Nacional –que necesitaría un amplísimo consenso parlamentario hoy muy difícil de obtener–, permear en los distintos instrumentos normativos –resoluciones ministeriales, del Consejo Federal de Educación, de agencias estatales inferiores– una nueva forma de nombrar. La actual “educación pública de gestión estatal” volvería a ser simplemente “educación pública”; la actual “educación pública de gestión privada” pasaría a ser denominada “particular regulada”. Este último desplazamiento semántico tiene dos objetivos: hacer énfasis en que se trata de una iniciativa particular, por un lado, y dejar más en claro aún que está y debe estar regulada por el Estado. Lo que nos lleva a la segunda propuesta: la regulación.
  2. Normas que se cumplan: es urgente que el Consejo Federal de Educación, organismo compuesto por los 24 ministros de educación jurisdiccionales y presidido por el Ministro de Educación de la Nación, consensúe reglas claras de transparencia en el otorgamiento de los subsidios a la educación particular regulada. Que cada provincia publique mensualmente la cantidad de dinero otorgado en forma de subsidios a cada escuela particular regulada bajo su jurisdicción, al tiempo que se establezcan criterios claros, equitativos y también públicos acerca del motivo del otorgamiento de esos subsidios. En segunda instancia, se puede proponer un esquema de regulación en el cual las escuelas con mayor subsidio (100%, destinado al pago de los salarios) no puedan tomar decisiones en lo que hace a su planta docente. Les maestres llegarían por los mismos mecanismos que llegan a las instituciones públicas: actos por sistema de puntaje. Tampoco podrían tomar decisiones autónomas en el derecho de admisión sobre sus alumnes: los criterios serían los mismos que para las escuelas públicas (así lo establece, por ejemplo, Finlandia, siempre tan ponderada como “modelo educativo” pero que nadie se puso a escarbar). Y por supuesto, su currículum debería ser auditado de la misma manera –o con más rigor– con la que se audita el currículum implementado en las escuelas públicas. La reducción de los subsidios podría implicar un relajamiento de algunas de estas normas (¿Que un porcentaje de la planta docente llegue por acto público y otra sea potestad de la escuela, por ejemplo?). Al llegar a 0 subsidios, la autonomía podría ser máxima. Si en esta instancia se optara por una autonomía también curricular, se podría aplicar un mecanismo de mercado duro, al no depender en ningún sentido del financiamiento estatal, y se podría retirar la oficialidad de los títulos. ¿Por qué el Estado debe reconocer los títulos y certificados otorgados por una institución que no se enmarca en ninguna normativa estatal?
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Mackenzie, sobre James Tassie, «Adam Smith» (1809). https://www.npg.org.uk/collections/search/portrait/mw40750/Adam-Smith

Algunos de estos planteos pueden ser pensados como osados o autoritarios (si alguien efectivamente se los tomara en serio). Sin embargo, parten de una pregunta básica: ¿Por qué las escuelas privadas tienen “privilegios” de los que carecen las escuelas públicas? ¿Cuáles son esos “privilegios” que hemos naturalizado? ¿Dónde está la efectiva contraparte al bien común de la educación particular regulada por fuera de una especie de “extorsión” al Estado que no puede sostener un 100% de escuelas públicas? ¿Acaso no puede la educación pública garantizar una oferta educativa diversa?

Son preguntas para hacerse. Esperemos que en estos nuevos tiempos haya interlocutores dispuestos a recoger el guante.

[1] Bravo, Héctor (1991). La transformación educacional. Propuestas progresistas. Buenos Aires: Corregidor. P. 190. Bastardilla en el original.

[2] Íbid.

 

 


2 respuestas a “Nombres y reglas de la educación privada

  1. Me parece muy interesante tu artículo y también súper válido porque pone en discusión un tema al que todos y todas esquivamos. Lo leí con particular interés porque trabajo en una escuela entrerriana pública de gestión privada. Conozco en parte la realidad de mí localidad y si bien la iglesia católica durante años tuvo casi la totalidad de escuelas privadas en mí ciudad, en los últimos años hubo un auge de escuelas gestionadas por clubes sociales y deportivos, por lo tanto funcionan más como reductos culturales de marcada identidad barrial que como élites educativas. Los aranceles son accesibles, la currícula es la misma, los docentes son los mismos que trabajan en las escuelas de gestión pública salvo que como bien mencionaste no hacen paro.
    Por ahí la idea para pensar y repensar este éxodo de las familias a la “privada” tiene que ver con el tipo de gestión que se lleva adelante en la “pública”.

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  2. Jerónimo, me gustó mucho tu artículo. Porque tiene propuestas concretas en este tema controvertido. Soy trabajador docente de dos escuelas, una de gestión privada con aporte del 100% en los salarios y otra de gestión estatal, tomando la terminología q data de la ley federal. La propuesta muchas veces dogmática, a mi criterio, de sacar los subsidios a los salarios docentes provocaría la perdida de miles de puestos de trabajos y el fin de muchas escuelas de este tipo enclavadas en sectores de clase media baja y en sectores populares (confesionales y laicas) que pagan cuotas q van de $500 a $2500 y les sería imposible a las familias afrontar una cuota q de mínima pasaría a más de 10000 pesos. Esto provocaría el colapso del sistema estatal que no estaría en condiciones de recibir tantos y tantas estudiantes. Es por ésto que coincido totalmente con tus propuestas, debe haber mucho más estado adentro de este tipo de escuelas. En el caso de la provincia de Córdoba el subsidio viene con nombre y apellido para cada docente, las carpetas médicas las otorga el estado, aportamos (muchas escuelas) a la obra social provincial, cobramos por el banco oficial y aportamos a la caja de jubilaciones provincial. Esto nos da una protección q les compañeres de la materia religión y algún otro cargo que paga la patronal privada, no tienen. Estaría bueno implementar listas de orden de mérito y las otras propuestas que figuran en el artículo, revisar subsidios a escuelas de sectores medios altos, etc. Es decir, hacer valer más ese aporte económico estatal.
    En cuanto a la propuesta de cambiar la denominación, también acuerdo. No obstante en la escuela en la que trabajo el “paraguas” de ser escuela “pública” nos permitió fundamentar fuertemente y hacer valer la implementación, aunque no excento de obstáculos, de la ESI con los cuadernillos del ministerio, la aceptación total, sin condicionantes, de estudiantes repetidores, la admisión de estudiantes de otros credos o ateos/as. Sé que no es la realidad de todas las escuelas de este tipo. Pero justamente, ahí está el estado para intervenir. Gracias por estos artículos que nos enriquecen.

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